El 27 de enero de 2022 se presenta el comunicado de prensa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación al controvertido «modelo 720» de la Agencia Tributaria, donde el tribunal declara como contraria a derecho la obligación de declarar los bienes en el extranjero.
Literalmente dice «Las restricciones a la libre circulación de capitales que impone son desproporcionadas” .
Todavía no está publicada la sentencia completa, en el siguiente enlace vamos a la nota de prensa del Tribunal, https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2022-01/cp220018es.pdf
Ahora habrá que estar a la espera de lo que haga el Gobierno de España pero las sentencias son de obligado cumplimiento, y en caso de no hacerlo se impondrán sanciones a España.
Básicamente la sentencia dice en primer lugar
España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales al disponer que el incumplimiento o el cumplimiento imperfecto o extemporáneo de la obligación informativa.
En segundo lugar
España también ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales al sancionar el incumplimiento o el cumplimiento imperfecto o extemporáneo de la obligación informativa.
En tercer lugar
El legislador español incumplió asimismo las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales al sancionar el incumplimiento o el cumplimiento imperfecto o extemporáneo de la obligación informativa relativa a los bienes y derechos situados en el extranjero con multas de cuantía fija cuyo importe no guarda proporción alguna con las sanciones previstas para infracciones similares en un contexto puramente nacional y cuyo importe total no está limitado.